Parentesco por afinidad codigo civil español

Significado de consanguinidad o afinidad

Ayer me encontré con una traducción errónea en un glosario online sobre terminología de derecho sucesorio que creo que merece la pena destacar. Allí la expresión “next of kin” se traducía en español como pariente consanguíneo más cercano. Lo primero que pensé fue: “¿Qué? ¿Mi marido desde hace 46 años no es mi ‘pariente más cercano’?”. Y, por supuesto, la definición española es incompleta porque “next of kin” denota “la persona o personas más estrechamente relacionadas con un difunto por sangre o afinidad” (Black’s Law Dictionary), siendo la afinidad (afinidad* en español) “parentesco por matrimonio”.

Código civil español de 1889

Este artículo pretende, en primer lugar, identificar las características específicas del concepto de parentesco e incesto del derecho canónico y compararlo con los de otras religiones y confesiones cristianas. Examina, en particular, las solicitudes de dispensa del siglo XIX en las que se pedía licencia para contraer matrimonio en grados cercanos de consanguinidad y afinidad, concretamente en la diócesis de Brixen (que incluye el actual Tirol del Sur (Italia), pero también los actuales Tirol del Norte y del Este, así como Vorarlberg (Austria)). Examina los argumentos esgrimidos por las parejas de novios y sus testigos, que pretendían minimizar la relación de parentesco entre los futuros esposos. Por último, examina el carácter específico del género de las razones oficialmente reconocidas para conceder una dispensa y analiza sus consecuencias. Concluye que la mayoría de las razones clásicas de dispensa válidas durante el período moderno temprano y el siglo XIX se centraban en las mujeres.
2El presente artículo se centra en las solicitudes de dispensa de finales del siglo XVIII a finales del XIX para matrimonios en grados cercanos de consanguinidad y afinidad de la diócesis de Brixen, que tenía su sede en la parte norte del Tirol de los Habsburgo. Incluía la parte norte del actual Tirol del Sur (Italia)4 pero también el actual Tirol del Norte, así como el Tirol del Este y, durante el siglo XIX, Vorarlberg (actualmente en Austria)5. Hacia 1830 contaba con 355 000 habitantes6. A partir de 1831, existe una gran cantidad de documentación relacionada con la dispensa. En ella se incluye material relacionado con el procedimiento administrativo que había que seguir para que las solicitudes en grados cercanos de consanguinidad y afinidad obtuvieran la preceptiva dispensa de Roma. Me centraré en las lógicas y atribuciones específicas de género que se dieron en relación con las solicitudes de dispensa. La primera parte de este artículo pretende identificar las características específicas de los conceptos de parentesco e incesto del derecho canónico y compararlas con las de otras religiones y confesiones cristianas. A continuación, se examinan los argumentos esgrimidos por los futuros cónyuges y sus testigos con la esperanza de minimizar el parentesco de los futuros cónyuges. Por último, la tercera parte de este artículo se centra en el carácter específico de género de las razones oficialmente reconocidas para conceder una dispensa.

Ejemplo de relación de afinidad

El derecho de todos a la tutela judicial efectiva, expresado en el primer párrafo del artículo 24 de la Constitución, coincide con el deseo y la necesidad social de una nueva justicia civil, caracterizada por la eficacia.
Ni la naturaleza de los créditos civiles o mercantiles ni las situaciones personales y familiares que corresponde resolver en el proceso civil justifican un período de años hasta la consecución de una resolución efectiva, con capacidad para producir verdaderas transformaciones en la vida de quienes han necesitado acudir a los tribunales civiles.
La eficacia de la tutela judicial civil debe llevar la justicia a la justicia, que no se trata de mejorar la imagen de la justicia, para hacerla parecer más accesible, sino de estructurar el sistema judicial. la labor judicial de manera que cada caso tenga que ser mejor seguido y conocido por el tribunal, tanto en su planteamiento inicial como por la eventual necesidad de depurar la existencia de los óbices y falta de presupuestos procesales -nada más ineficaz que un proceso con juicio absoluto de la instancia-, como en la determinación de la verdad en la práctica y valoración de la prueba, con oralidad, publicidad e inmediación. Así, la realidad del proceso disolverá la imagen de una justicia distante, aparentemente al final de unos procedimientos excesivos y dilatados, en los que es difícil percibir el interés y el esfuerzo de los Juzgados y Tribunales y de quienes los integran.

Código civil español filipinas

Sí. Por “pariente” se entiende un adulto emparentado con el niño por sangre, adopción o afinidad dentro del quinto grado de parentesco, incluidos los padrastros, hermanastros y todos los parientes cuya condición vaya precedida de las palabras “bisabuelo”, “tatarabuelo” o “abuelo”, o el cónyuge de cualquiera de esas personas, aunque el matrimonio se haya extinguido por muerte o disolución. Puede encontrar más detalles en el Código de Bienestar e Instituciones de California, División 9 de Servicios Sociales Públicos 11391(c).
Sí. El parentesco se define como alguien que está biológicamente relacionado con el niño o los niños que están bajo tutela. Los parientes ficticios se identifican como alguien que está cerca de la familia y es similar a los parientes, como los padrinos, los “tíos”, los vecinos familiares o los proveedores con los que el niño se siente seguro y tiene apego.
Sí. Se define como pariente a cualquiera de los siguientes en relación con un niño: un padre, un abuelo, un hermano, una hermana, un padrastro, un hermanastro, una hermanastra, un primo hermano, un tío, una tía y cualquier otro individuo con el que el niño tenga una relación establecida. Otro pariente se define como “un individuo que no está emparentado por sangre, matrimonio o adopción puede ser considerado un pariente a efectos de la colocación y del Programa de Asistencia para la Tutela cuando el individuo tiene una relación establecida y significativa con el niño”. Los antiguos padres de recurso a largo plazo pueden ser considerados como colocaciones de parientes en los casos en que el niño sea víctima de maltrato repetido o vuelva a estar bajo cuidado fuera del hogar. Se debe tener en cuenta el informe del niño sobre la relación y el potencial de permanencia. La colocación con un pariente adecuado y dispuesto, relacionado por sangre, matrimonio o adopción, debe descartarse antes de considerar cualquier otra colocación fuera del hogar, y se debe considerar en primer lugar a un padre no custodio adecuado y dispuesto.