Liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
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Se aplica a las compras y alquileres de viviendas y vehículos de segunda mano, y a los aumentos y disminuciones de capital para las empresas. El impuesto de actos jurídicos documentados se aplica directamente a la venta de bienes públicos o a la escritura de hipoteca.
El ITP es un impuesto nacional que se aplica en las comunidades autónomas. Debe pagarse en la delegación de Hacienda de la comunidad autónoma. El plazo de pago es de 30 días desde que se compra el inmueble o se firma el derecho.
El valor del bien transmitido o del derecho conferido constituye la base imponible del impuesto a pagar. Los tipos impositivos, las deducciones, las bonificaciones y la gestión y liquidación del impuesto varían en función de la comunidad autónoma.
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A partir del 24 de abril de 2017, las personas que compran o adquieren al menos una y no más de seis residencias unifamiliares, y las personas que compran o adquieren tierras agrícolas, deben proporcionar información adicional. Más información: Información prescrita a efectos del formulario de la sección 5.0.1.
A la luz de la implementación en curso del registro electrónico a distancia (E-Reg), se han incluido en esta guía cuestiones y procesos relacionados específicamente con el E-Reg. Los ejemplos de declaraciones juradas de esta guía son los que aparecen en la versión 5.1 de Teraview.
En esta página no se abordan las cuestiones y preguntas relacionadas con las enajenaciones no registradas de intereses reales sobre la tierra en virtud del artículo 3 de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (Ley). Para obtener información sobre las enajenaciones no registradas de terrenos en Ontario, consulte la Guidenote 1 o llame a la sección de impuestos sobre la tierra y los recursos del Ministerio de Hacienda de Ontario (MOF) en Oshawa.
Esta página contiene información general y se proporciona por conveniencia y orientación. No sustituye a las disposiciones de la ley o de los reglamentos. En caso de discrepancia entre este documento, la Ley y sus reglamentos, se aplican las disposiciones de la Ley y los reglamentos.
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En los últimos años, las normas fiscales francesas relativas a las fusiones y adquisiciones transfronterizas (M&A) se simplificaron para favorecer tanto las actividades transfronterizas como el cumplimiento de la legislación de la UE. A este respecto, el objetivo del siguiente resumen es proporcionar al posible comprador un proceso abreviado de tres pasos para la realización de una adquisición transfronteriza. Para que el proceso se lleve a cabo con éxito, el posible comprador debe plantearse las siguientes cuestiones.
Aunque los aspectos fiscales deben seguir siendo uno de los principales elementos a tener en cuenta para la adquisición transfronteriza, no deben ser ni el objetivo exclusivo ni el principal de la transacción, ya que, de lo contrario, la construcción podría caer (especialmente) en la disposición general antiabuso (amplia, tipo PPT) del artículo 205 A del Código Fiscal francés y del artículo 64 A del Código de Procedimiento Fiscal francés, o en las disposiciones específicas antiabuso establecidas por el Código Fiscal francés.
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Si el objeto de una operación imponible a la que se aplica la sección 2.02 (3) incluye un terreno que no es una propiedad residencial, la base imponible a efectos de la sección 2.02 (4) es la base imponible calculada de la siguiente manera:VTA× VRPVFSdondeVTAes el importe que, de no ser por esta sección, sería la base imponible según la sección 2. 02 (5) con respecto a la operación imponible; VFS es el valor del derecho de propiedad del terreno objeto de la operación imponible, determinado (a) como si dicho terreno se transmitiera en una operación imponible a la que se refiere el párrafo (a) (i) de la definición de “operación imponible” del artículo 1 (1), y (b) de acuerdo con el párrafo (a) de la definición de “valor justo de mercado” del artículo 1 (1); VRPes, con sujeción a la normativa, el valor del inmueble residencial incluido en el objeto del hecho imponible, determinado(a)como si dicho inmueble residencial se transmitiera en un hecho imponible contemplado en el párrafo (a) (i) de la definición de “hecho imponible” del artículo 1 (1), y(b)de conformidad con el párrafo (a) de la definición de “valor justo de mercado” del artículo 1 (1). Renumerado2.04