Ley organica de asociaciones

asociaciones sin ánimo de lucro | derecho de sociedades | ca | acca | b.com

RCW 23.100.0103Naturaleza de la asociación cooperativa limitada.(1) Una asociación cooperativa limitada organizada bajo este capítulo es una asociación autónoma, no incorporada, de personas unidas para satisfacer sus intereses mutuos a través de una empresa de propiedad conjunta controlada principalmente por esas personas, que permite combinar:(a) La propiedad, la financiación y la recepción de beneficios por parte de los miembros para cuyos intereses se forma la asociación; y(b) Inversiones separadas en la asociación por parte de los miembros que pueden recibir rendimientos de sus inversiones y una parte del control. (2) El hecho de que una asociación cooperativa limitada no reúna una o más de las características descritas en el apartado (1) de este artículo no impide por sí solo que la asociación se constituya y se rija por este capítulo, ni constituye por sí solo una base para una acción contra la asociación.[ 2019 c 37 § 103.]
RCW 23.100.0104Finalidad y duración de la asociación cooperativa limitada.(1) Una asociación cooperativa limitada es una entidad distinta de sus miembros.(2) Una asociación cooperativa limitada puede ser organizada para cualquier propósito legal, independientemente de si es con fines de lucro, excepto que una asociación cooperativa limitada no puede ser organizada con el propósito de generar, comprar, vender, comercializar, transmitir o distribuir energía eléctrica.(3) A menos que los artículos de organización establezcan un término para la existencia de una asociación cooperativa limitada, la asociación tiene una duración perpetua.[ 2019 c 37 § 104.]

las asociaciones de dipôles

La Ley Orgánica del Estado (Ley 1/1967, de 11 de enero, para la Ley Orgánica del Estado)[1] fue promulgada durante la tercera etapa del régimen franquista en España, por un gobierno en el que la mayor parte del poder estaba en manos de tecnócratas. Junto con las otras siete Leyes Fundamentales del Reino, se logró el proceso de institucionalización del régimen franquista. La ley fue aprobada en referéndum el 14 de diciembre de 1966, con el voto favorable del 98,1% de los votantes[2].

leyes de la genética – lección 5 | no memorices

El derecho fundamental de asociación, reconocido en el artículo 22 de la Constitución, y de antigua tradición en nuestro constitucionalismo, constituye un fenómeno sociológico y político, como tendencia natural de las personas y como instrumento de participación, respecto del cual los poderes públicos no pueden permanecer al margen.
Nuestra Constitución no es ajena a estas ideas y, partiendo del principio de libertad asociativa, contiene normas relativas a las asociaciones de relevancia constitucional, como los partidos políticos (artículo 6), los sindicatos (artículos 7 y 28), las confesiones religiosas (artículo 16), las asociaciones de consumidores y usuarios (artículo 51) y las organizaciones profesionales (artículo 52), y de forma general define, en su artículo 22, los principios comunes a todas las asociaciones, eliminando el régimen de control preventivo, contenido en la Ley 191/1964, de 24 de diciembre, de Asociaciones, y posibilitando su ejercicio.
En consecuencia, la ineludible necesidad de abordar el desarrollo del artículo 22 de la Constitución, a través de Ley Orgánica, por tratarse de un derecho fundamental (artículo 81), implica que la norma general de derecho la asociación sea compatible con las modalidades específicas reguladas en leyes especiales y en las normas que las desarrollen, para los partidos políticos, los sindicatos, las asociaciones, las confesiones religiosas, las asociaciones deportivas, y las asociaciones profesionales de Jueces, Magistrados y Fiscales. Con este objetivo, se establece un régimen mínimo y común, que es también el régimen al que se ajustarán las asociaciones no contempladas en la legislación especial.

coloquio: profesor nicholas marston

El estatuto orgánico o ley orgánica, en el contexto del derecho administrativo, se refiere a la legislación que crea organismos gubernamentales y define el alcance original de su autoridad. Es un tipo de ley de habilitación[1][2][3].
Los estatutos orgánicos son un tipo específico de ley de habilitación. Según el Black’s Law Dictionary, una ley de habilitación “permite lo que antes estaba prohibido o crea nuevos poderes”; en la legislación de Estados Unidos, el término se refiere con mayor frecuencia a “una ley del Congreso que confiere poderes a una agencia ejecutiva para llevar a cabo diversas tareas delegadas”[3] En el sistema de gobierno establecido por la Constitución de Estados Unidos, la autoridad legislativa (el poder de hacer leyes) corresponde al Congreso. Sin embargo, el Congreso delega su potestad normativa en una serie de departamentos, agencias y comisiones ejecutivas a través de leyes orgánicas y de habilitación. Las leyes orgánicas establecen y autorizan a los organismos administrativos a dictar normas y reglamentos específicos y a llevar a cabo otras actividades para cumplir los objetivos generales definidos por el Congreso, mientras que las leyes de habilitación otorgan autoridad o responsabilidad adicional a los organismos existentes[6].