Comunidad de bienes

La vida en la comunidad

Capper, Brian J.. “La comunidad de bienes en la Iglesia primitiva de Jerusalén”. Band 26/2. Teilband Religion (Vorkonstantinisches Christentum: Neues Testament [Sachthemen, Forts.]), editado por Wolfgang Haase, Berlín, Boston: De Gruyter, 2016, pp. 1730-1774. https://doi.org/10.1515/9783110878554-013
Capper, B. (2016). Comunidad de bienes en la Iglesia primitiva de Jerusalén. En W. Haase (Ed.), Band 26/2. Teilband Religion (Vorkonstantinisches Christentum: Neues Testament [Sachthemen, Forts.]) (pp. 1730-1774). Berlín, Boston: De Gruyter. https://doi.org/10.1515/9783110878554-013
Capper, B. 2016. La comunidad de bienes en la Iglesia primitiva de Jerusalén. En: Haase, W. ed. Band 26/2. Teilband Religion (Vorkonstantinisches Christentum: Neues Testament [Sachthemen, Forts.]). Berlín, Boston: De Gruyter, pp. 1730-1774. https://doi.org/10.1515/9783110878554-013
Capper, Brian J.. “Community of Goods in the Early Jerusalem Church” En Band 26/2. Teilband Religion (Vorkonstantinisches Christentum: Neues Testament [Sachthemen, Forts.]) editado por Wolfgang Haase, 1730-1774. Berlín, Boston: De Gruyter, 2016. https://doi.org/10.1515/9783110878554-013

Matrimonio comunitario de bienes

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Los términos “estatuto comunitario” o “mercancías comunitarias” se aplican a las mercancías originarias del Reino Unido o de un Estado miembro de la UE, y a las mercancías importadas en el Reino Unido o en un Estado miembro de la UE, por las que ya se han pagado los derechos de aduana y no se han devuelto. Las mercancías que se han beneficiado de una exención total o parcial de los derechos de aduana no son mercancías comunitarias. Las mercancías con estatus comunitario también se describen como “en libre circulación”. El “estatuto no comunitario” se aplica a las mercancías que no están en libre circulación en la comunidad.
La gran mayoría de las mercancías que circulan por el Reino Unido o la UE se consideran mercancías comunitarias, a menos que se demuestre que no tienen estatuto comunitario. Sin embargo, hay circunstancias en las que, a pesar de esta norma, será necesario demostrar el estatus de mercancía comunitaria.

Comunidades eclesiásticas

de inspección en un Estado miembro y que estén en tránsito entre un Estado tercero y otro Estado tercero pueden ser confiscadas por la autoridad aduanera si existen motivos suficientes para sospechar que las mercancías son falsas y, en particular, si están destinadas a ser comercializadas en la Unión Europea, ya sea de conformidad con un régimen aduanero o de forma ilegal.
están suspendidas en el régimen de perfeccionamiento activo, da lugar a una deuda aduanera en virtud del artículo 203, apartado 1, del Reglamento (CEE) nº 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario, y del artículo 865, párrafo primero, del Reglamento (CEE) nº 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento nº 2913/92 por el que se aprueba el Código aduanero comunitario, modificado por el Reglamento (CE) nº 1677/98 de la Comisión, de 29 de julio de 1998.

Los bienes no comunitarios

perseverando cada día unánimemente en el templo, y partiendo el pan de casa en casa, comían la comida con alegría y sencillez de corazón, alabando a Dios y gozando del favor de todo el pueblo. Y el Señor añadía cada día a la iglesia los que debían salvarse. (Hechos 2:44-47)
Y la multitud de los que habían creído era de un solo corazón y de una sola alma; y ninguno de ellos decía que algo de lo que poseía era suyo, sino que todo lo tenían en común. Y con gran poder daban los apóstoles testimonio de la resurrección del Señor Jesús; y gran gracia era sobre todos ellos. Y no había entre ellos ningún necesitado; porque todos los que poseían tierras o casas las vendían, y traían la parte de las cosas vendidas, y las ponían a los pies de los apóstoles; y se distribuía a cada uno según su necesidad. (Hechos 4:32-35)
Sin embargo, existen muchos otros ejemplos. Por ejemplo, a lo largo de la historia, Dios siempre ha separado a su pueblo del mundo, como lo demuestran los viajes de Abraham, Isaac, Jacob y Moisés. Jesús mismo vivió “en comunidad” con sus apóstoles. Todos estos ejemplos apuntan a que Dios desea que su pueblo viva separado del mundo, para ayudarse y apoyarse mutuamente, generalmente en alguna forma de comunidad.