Competencia territorial penal españa

Wikipedia

Decididos a estos fines y por el bien de las generaciones presentes y futuras, a establecer una Corte Penal Internacional permanente e independiente en relación con el sistema de las Naciones Unidas, con jurisdicción sobre los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto,
Se establece una Corte Penal Internacional (“la Corte”). Será una institución permanente y estará facultada para ejercer su jurisdicción sobre las personas por los crímenes más graves de trascendencia internacional, a los que se refiere el presente Estatuto, y será complementaria de las jurisdicciones penales nacionales. La competencia y el funcionamiento de la Corte se regirán por las disposiciones del presente Estatuto.

La jurisdicción universal en el derecho internacional

El pasado 20 de diciembre, el Tribunal Constitucional español (en adelante, TC) dictó una sentencia en la que rechazaba el recurso presentado por más de cincuenta diputados socialistas para anular una proposición de ley presentada por el Partido Conservador en 2014. En la práctica, la citada proposición de ley ponía fin a una ley de 1985 que contemplaba uno de los regímenes de jurisdicción universal en materia penal más amplios del mundo. España había estado en el centro de los litigios sobre derechos humanos, con casos muy publicitados contra los ex presidentes Pinochet y Jiang Zemin o altos funcionarios del Gobierno israelí. Ni que decir tiene que estos casos habían causado algunos dolores de cabeza diplomáticos al Gobierno español, con el paso del tiempo. Sin embargo, un antiguo ministro de Justicia había admitido que en veinte años sólo se había producido una condena en aplicación de las normas de jurisdicción universal.
Una primera reforma para restringir la jurisdicción extraterritorial de los tribunales penales españoles se produjo en 2009 por un acuerdo entre socialistas y conservadores. A diferencia de la ley original de 1985, a partir de 2009 el acusado debía encontrarse en España, la víctima debía ser española o debía existir alguna otra conexión relevante con el foro. Posteriormente, la citada reforma de 2014 concedió la competencia para un mayor número de delitos cometidos en el extranjero, pero hizo prácticamente imposible su persecución si el delito era completamente ajeno a España.

Crímenes de jurisdicción universal

La jurisdicción universal permite a los Estados o a las organizaciones internacionales reclamar la jurisdicción penal sobre una persona acusada, independientemente del lugar en el que se haya cometido el presunto delito y de la nacionalidad del acusado, su país de residencia o cualquier otra relación con la entidad acusadora. Los delitos perseguidos en virtud de la jurisdicción universal se consideran delitos contra todos, demasiado graves para tolerar el arbitraje jurisdiccional.
El concepto de jurisdicción universal está, por tanto, estrechamente vinculado a la idea de que algunas normas internacionales son erga omnes, o se deben a toda la comunidad mundial, así como al concepto de ius cogens, según el cual ciertas obligaciones del derecho internacional son vinculantes para todos los Estados[1].
Según Amnistía Internacional, defensora de la jurisdicción universal, ciertos delitos suponen una amenaza tan grave para la comunidad internacional en su conjunto que los Estados tienen el deber lógico y moral de perseguir a los responsables individuales; por tanto, ningún lugar debería ser un refugio seguro para quienes hayan cometido genocidio,[2] crímenes contra la humanidad, ejecuciones extrajudiciales, crímenes de guerra, tortura y desapariciones forzadas[3].

Significado de la jurisdicción universal

Con la Ley 1/2014, España se distanció de la tendencia internacional actual, precisamente cuando en Europa, las acciones e iniciativas para ampliar la extraterritorialidad de sus jurisdicciones, con vistas a una mayor cooperación entre los Estados y con la Corte Penal Internacional (CPI). Esta tendencia apostaba por un modelo de acciones complementarias, de acuerdo con los principios de la CPI, y otros mecanismos internacionales de investigación y prevención de estos delitos. Todo ello con la intención de acabar con las flagrantes situaciones de impunidad generadas por la falta de persecución efectiva por parte de las jurisdicciones de los lugares donde se produjo la comisión de estos crímenes con mayor trascendencia para la comunidad internacional.
Por ello, las organizaciones y personas promotoras de este documento ponen de manifiesto la prioridad, por parte del nuevo Gobierno de España, de los pasos necesarios para la recuperación de la Jurisdicción Universal en España, que sea reconocible como tal, y que nos devuelva -aunque técnicamente mejorada y actualizada- a la forma original de la regulación contenida en el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985.