Articulo 9 ley de arrendamientos urbanos

la ley de vivienda justa y los propietarios: lo que debe saber

Raymond lleva ejerciendo la abogacía desde 2003. Tras completar su doble titulación en Derecho y Dirección de Empresas en Madrid (ICADE), pasó a trabajar para prestigiosos despachos de abogados españoles e ingleses en España. También tiene experiencia internacional, habiendo trabajado durante varios años en el Reino Unido para una importante multinacional británica.
Aprovechando los amplios conocimientos y la experiencia adquirida, creó su propio despacho en Marbella. Asesora principalmente a clientes domiciliados en el Reino Unido y en otros países. Sus principales áreas de especialización son la transmisión de inmuebles y la fiscalidad de los no residentes.
El abogado Raymond Nesbitt nos da una visión general de la ley de alquileres urbanos en España (o LAU como se conoce en español) que se aplica en todo el país. Esta ley regula los contratos de arrendamiento de larga duración, entre otros tipos de alquiler. Póngase en contacto con nuestro bufete de abogados para revisar su contrato de arrendamiento por una tarifa muy competitiva.
Larrain Nesbitt Abogados, con sede en Marbella, cuenta con más de 16 años de experiencia en materia de fiscalidad y de transmisión de inmuebles a su servicio. Nuestro equipo de abogados y economistas nativos de habla inglesa tiene una larga trayectoria asistiendo con éxito a expatriados en toda España. Puede revisar aquí los testimonios de nuestros clientes.

la ciudad feminista, ep 9 – sobre la naturaleza de las viviendas de alquiler

2. La renta inicial máxima por metro cuadrado de las viviendas de protección oficial a que se refiere el apartado anterior será el porcentaje del precio máximo de venta que corresponda de acuerdo con la normativa estatal o autonómica aplicable.
3. No se aplicará ninguna revisión de los alquileres de las viviendas de protección oficial salvo acuerdo expreso de las partes. 4. En caso de acuerdo expreso entre las partes sobre algún mecanismo de revisión de valores monetarios que no detalle el índice o la metodología de referencia, la renta se revisará para cada anualidad por referencia a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad.
5. Sin perjuicio de las sanciones administrativas que procedan, serán nulas las cláusulas y estipulaciones que establezcan rentas superiores a las máximas autorizadas en la normativa aplicable para las viviendas protegidas.
8. El arrendamiento de viviendas de protección oficial se regirá por las normas específicas de ésta en cuanto al plazo de duración del contrato, las variaciones de la renta, los límites de repercusión de las cantidades para la reparación de daños y mejoras, y las disposiciones relativas al derecho de cesión y subrogación en la renta, y en lo no regulado por las de la presente ley, que se aplicarán íntegramente cuando el arrendamiento deje de estar sujeto a dichas disposiciones específicas.

lm: ley de control de alquileres

(c) Tal como se usan en esta sección, los siguientes términos tienen los siguientes significados: (1) “Propietario” significa todo lo siguiente: (A) Una asociación, como se define ese término en la Sección 4080. (B) Una junta, como se define ese término en la Sección 4085. (C) Un miembro, como se define ese término en la Sección
(3) En cualquier acción presentada de acuerdo con esta sección, la parte que prevalezca tendrá derecho a los honorarios razonables de los abogados. (d) Los recursos disponibles bajo esta sección son acumulativos a otros recursos disponibles bajo la ley. (e) No se interpretará que esta sección se antepone a otras leyes relativas a las obligaciones o divulgaciones de los propietarios, incluidas, entre otras, las que surgen de conformidad con el Capítulo 12.75 (que comienza con la Sección 7060) de la División 7 del Título 1 del Código de Gobierno.(f) A los fines de esta sección:(1) “Unidad de vivienda residencial” tiene el mismo significado que el contenido en la Sección

código comercial uniforme

La diversidad de Decretos adoptados por el actual Gobierno de España, hace que el escenario de aplicación de la normativa vigente sea complicado, teniendo en cuenta la fecha de firma de un determinado contrato de arrendamiento.
A grandes rasgos, y a modo de ejemplo, a continuación se detallan los diferentes escenarios por los que puede regirse un contrato desde diciembre de 2018 (para poner de manifiesto el impacto de la variada normativa, se aportan datos relativos a la duración mínima del contrato de arrendamiento por fecha de contratación):
Hay que tener en cuenta que la normativa variable no solo afecta a la duración mínima de los contratos de arrendamiento, sino también a una serie de aspectos importantes relativos a las diferentes formas de tratar los contratos en función de su fecha de firma.    Esto afecta especialmente a los contratos de arrendamiento firmados entre el 18 de diciembre de 2018 y el 7 de marzo de 2019.
Actualizamos este artículo debido a la publicación de la Directiva el 22 de enero de 2019, para derogar el Real Decreto-Ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y derecho de arrendamiento urbano.